El 4 de marzo de 2021 entró en vigor un acuerdo internacional entre España y Gibraltar. El acuerdo fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de España el 13 de marzo de 2021. Este es el primer acuerdo internacional del Reino Unido con España con respecto a Gibraltar desde el Tratado de París de 1783. El acuerdo ha establecido normas para definir la residencia fiscal, prevenir la doble imposición e introducir transparencia entre España y Gibraltar en asuntos fiscales.
Algunas de las disposiciones del acuerdo no entran en vigor hasta el siguiente ejercicio fiscal, por lo que algunas de las consecuencias de estas nuevas normas se descubrirán ahora, este año y en los próximos meses.
El acuerdo sirve para normalizar la relación de Gibraltar con España, como evidencia la eliminación de Gibraltar de la lista de paraísos fiscales de España.
Según el acuerdo, las personas jurídicas, entidades y otras estructuras o acuerdos legales son residentes fiscales en España cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
i. La mayoría de los activos, ya sea directa o indirectamente, se encuentran en España;
ii. La mayoría de los ingresos acumulados en un año calendario provienen de fuentes en España;
iii. La mayoría de las personas naturales en la gestión efectiva son residentes fiscales en España; o
iv. La mayoría de la propiedad, control o derechos de participación en beneficios están bajo control directo o indirecto de residentes fiscales españoles o entidades relacionadas con residentes fiscales en España.